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Exentan extranjeros ISR al vender casa

Exentan extranjeros ISR al vender casa

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No sólo para los mexicanos es posible exentar el Impuesto Sobre la Renta (ISR) a la hora de vender un inmueble.

También los extranjeros que son residentes permanentes o temporales pueden hacerlo.

De acuerdo con Miguel Ángel Martínez, no importa la nacionalidad, sino el domicilio fiscal.

«Si el enajenante es una persona de nacionalidad extranjera pero contribuye en México, entonces está dentro del título 4° que se refiere a personas físicas residentes en México», señala el titular de la Notaría Pública No. 5.

La persona también debe contar con un domicilio fiscal distinto al de la casa habitación que está enajenando.

Además, es necesario que haga las manifestaciones bajo protesta que hacen las personas de nacionalidad mexicana.

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«Que no ha enajenado otra casa habitación en los últimos 3 años, que declarará el ingreso exento y también tiene el mismo tope de exención», comenta Martínez.

El monto máximo es de 700 mil Udis, es decir, alrededor de 4.22 millones de pesos.

Estos requisitos se presentarán ante el notario a la hora de hacer la venta del inmueble.

Ya sea que la propiedad se haya comprado hace 6 meses o hace un año, no existe un periodo de tiempo mínimo para poder exentar el impuesto.

«Hasta el 2002, sí era un requisito indispensable que hubieras vivido en esa casa los últimos 2 años, ya no», dice Martínez.

En caso de no exentar el pago del Impuesto Sobre la Renta, éste puede ser del 1.92 al 35 por ciento de la ganancia.

«Depende de cuánto te costó, cuánto tiempo tengas con la propiedad, porque se actualiza por la inflación, y en cuánto vendas», explica Martínez.

Fuente: El Norte

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