• 55 4984 4441
  • mercadotecnia@lgc.com.mx
Noticias
Secretaría de Economía crea la NOM-247-SE-2021 para evitar fraudes al comprar casa

Secretaría de Economía crea la NOM-247-SE-2021 para evitar fraudes al comprar casa

Por medio de esta norma se pretende garantizar la protección de los derechos de los consumidores ante fraudes o engaños al momento de comprar una casa. Se detalló que esta norma regula las prácticas comerciales y de publicidad, así como los elementos mínimos que deben contener los contratos, relacionados con la compraventa de un inmueble destinado a casa habitación.

La norma tiene por objetivo garantizar la protección efectiva de los derechos de los consumidores ante empresas inmobiliarias, constructoras, instituciones financieras, promotores dentro del mercado inmobiliario. La NOM-247-SE-2021 establece que los proveedores están obligados a informar y respetar los precios, tarifas, garantías, calidades, medidas, materiales, acabados, seguros, intereses, cargos, términos, forma y condiciones de pago, plazos, fechas y demás condiciones aplicables en la comercialización.

Referente a la publicidad, la norma indica que ésta debe privilegiar en todo momento la transparencia a través de información veraz, comprobable, clara y exenta de elementos que induzcan al error o confusión al consumidor por engañosa o abusiva, conforme a lo señalado en la Ley Federal de Protección al Consumidor. Aplica para todas las personas físicas o morales que intervengan directa o indirectamente en la asesoría y venta de vivienda, ya sean fraccionadores, desarrolladores y promotores de inmuebles, notarios, entre otros.

Además de que se promuevan mejores prácticas y una mayor transparencia en el sector, en beneficio de las familias mexicanas. Condiciones de los inmuebles. La norma señala que es indispensable, para realizar cualquier operación, que el inmueble cuente con los servicios básicos: energía eléctrica, abastecimiento de agua potable y desalojo de aguas residuales, gas l.p., gas natural, electricidad o cualquier otro combustible, sistema o tecnología para cocinar alimentos, para calentar agua y deberán ser consideradas dentro del precio de venta de la vivienda.

La NOM-247-SE-2021, también establece las obligaciones en materia de anticipos, enganches, bonificación y el uso de las marcas de Infonavit, FOVISSSTE u otros organismos públicos de vivienda. Esta disposición será fundamental para que terceros no autorizados, eviten lucrar a costa de los derechohabientes de dichas instituciones.

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *