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Economia
Presenta tu declaración anual en abril y deduce los intereses de tu crédito hipotecario

Presenta tu declaración anual en abril y deduce los intereses de tu crédito hipotecario

En el mes de abril las personas físicas presentan la declaración anual y dentro de los gastos, pueden deducir los intereses de su crédito hipotecario. Dentro de las deducciones permitidas para las personas físicas se encuentran los intereses pagados por créditos hipotecarios contratados para la adquisición de un inmueble. Esta deducción está prevista en el artículo 151 de la Ley del Impuesto Sobre la Renta (LISR), que establece que la parte que puede ser deducible del crédito hipotecario son los intereses reales pagados durante el año.

Se puede aplicar esta deducción de intereses reales que se pagan a entidades bancarias y a los organismos de vivienda, como el Infonavit y el Fovissste. Solo puedes deducir los intereses reales de tu crédito hipotecario si el monto de los intereses, más la suma de las otras posibles deducciones que incluyas en tu declaración anual, no sea superior al 15% de tu ingreso anual.

Uno de los requisitos indispensables para el reembolso de los intereses es un documento, que expiden y debes solicitar a las instituciones u organismos con las que hayas contratado el crédito hipotecario, llamado “constancia de intereses”.

Este comprobante fiscal es la constancia del monto de los intereses reales que has pagado como contribuyente y que debes tenerla antes de presentar tu declaración anual. No dejes pasar esta oportunidad y deduce los intereses de tu crédito hipotecario.

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