
La Reconversión de Oficinas a Viviendas en la CDMX ya es un hecho
De acuerdo con la Secretaría de Desarrollo Urbano y Vivienda (Seduvi) de la Ciudad de México se espera que por lo menos 50 edificios de oficinas sean reconvertidos a vivienda, esto como parte del plan de reactivación económica en la capital.
El titular de la dependencia, Carlos Alberto Ulloa dijo durante el Conversatorio sobre las Acciones de Reactivación en la Construcción, que el Instituto de Planeación de la Ciudad de México será el encargado de llevar a cabo el proyecto de reconversión.
Sin embargo, la crisis sanitaria obligó a muchas personas a trabajar desde casa y dejar de hacer las actividades cotidianas en las oficinas. Como consecuencia de estas acciones, hay un gran número de espacios de oficinas vacíos, pero los desarrolladores han encontrado la posibilidad de reconvertir sus oficinas en espacios de vivienda con el apoyo del Gobierno de la CDMX.
Para que esto ocurra, el Gobierno de la CDMX dará la facilidad para que se logre la reconversión, mediante el cambio de uso de suelo de los inmuebles, a uso mixto.
El pasado 4 de agosto del presente, se publicó en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México, el Acuerdo mediante el cual se establecen los lineamientos para la Reconversión de Oficinas a Vivienda en la Ciudad de México.
El acuerdo tiene por objeto, establecer los lineamientos a que deberá sujetarse el proceso de Reconversión de Oficinas a Vivienda dentro de la Ciudad de México, a fin de contribuir en la reactivación económica del sector inmobiliario y de la construcción.
Estas acciones serán a través de la reutilización y adaptación de inmuebles para contribuir a reducir el rezago habitacional en la Ciudad y generar una mayor disponibilidad de vivienda asequible.
Además de otorgar beneficios fiscales a favor de los proyectos de reconversión aprobados. Se indica también en este documento, que el ámbito de aplicación de los lineamientos será únicamente a los predios localizados en corredores urbanos o en zonas habitacionales de las demarcaciones de Azcapotzalco, Benito Juárez, Coyoacán, Cuauhtémoc, Gustavo A. Madero, Iztacalco, Miguel Hidalgo y Venustiano Carranza.
Quienes decidan participar en la reconversión de oficinas a vivienda en la Ciudad de México, deberán considerar que son elegibles aquellos inmuebles que cumplan con alguno de los siguientes criterios:
1. Oficinas y/o comercios construidos con ocupación, obsolescencia funcional, en desuso o en abandono.
2. Inmuebles con giro de industria de bajo impacto construidos con ocupación y con obsolescencia funcional.
3. Inmuebles con giro de industria de bajo impacto y en desuso o en abandono.
Igualmente deberán considerar que la presentación de proyectos de Reconversión comprende:
A) Fase I. Registro e inscripción.
B) Fase II. Revisión y aprobación del proyecto.
De esta forma los proyectos de reconversión aprobados, podrán solicitar el acceso a algunos beneficios fiscales como la exención del pago de las contribuciones que indica el Código Fiscal de la Ciudad de México como: La Instalación de tomas para suministrar agua potable, registro, análisis y estudio de Manifestación de Construcción tipos “B” y “C”, expedición de licencias de demoliciones, certificado de libertad de existencia o inexistencia de gravámenes, entre otros.
Con estas acciones del Gobierno capitalino en apoyo a la reconversión de oficinas a vivienda, se espera la reactivación económica de la capital y la generación de empleos en el sector de la construcción e inmobiliario.