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El efecto de los cambios fiscales 2020 para los arrendadores

El efecto de los cambios fiscales 2020 para los arrendadores

 

 

Por Mundo Inmobiliario

 

¿Conoces las posibles repercusiones de esto en el ámbito de los bienes raíces y en tu negocio? Si eres arrendador, necesitas saber los detalles.

Con la Iniciativa de Ley de Ingresos para el ejercicio fiscal del próximo año, el gobierno busca combatir la evasión fiscal, la informalidad e impulsar el sistema tributario.

De acuerdo con Rebeca Godínez, directora del área fiscal de Legal Global Consulting, la evasión en el arrendamiento inmobiliario a nivel nacional es considerable, pues estima que 90% de las rentas debajo de 20 mil pesos no están dadas de alta; 40% de los arrendadores que cobran más de 20 mil pesos tampoco; y solo los que cobran más de 50 mil pesos de alquiler tienen su registro ante el Servicio de Administración Tributaria (SAT).

El problema es que cuando un arrendador no está dado de alta en actividades de arrendamiento comete evasión fiscal y, según las reformas aprobadas por la Cámara de Senadores, eso se tipifica como un delito cometido por el crimen organizado, por lo cual se puede aplicar prisión preventiva.

 

Como arrendador, deberás ponerte al día con tus obligaciones

De ser aprobada la Iniciativa de Ley, en 2020 la Secretaría de Hacienda buscará que las personas que arriendan una propiedad cumplan con el pago de Impuesto Sobre la Renta (ISR). Para lograrlo se plantea que, en caso de que el inquilino no pague rentas vencidas y vaya a juicio, el juez no podrá autorizar el pago al arrendador si este no comprueba haber emitido el Comprobante Fiscal Digital por Internet (CFDI) correspondiente a cada mes de renta. El juez dictará una sentencia favorable para el propietario del inmueble solo si acredita lo anterior, de no hacerlo, la autoridad deberá informar la situación al SAT.

Frente a este escenario, lo más recomendable es darse de alta como arrendador. El proceso es personal, presencial y no tiene costo, pero hay que cubrir varios requisitos. Luego, deberás presentar tres declaraciones de forma mensual: del Impuesto Sobre la Renta (ISR), del Impuesto al Valor Agregado (IVA) y la declaración de operaciones con terceros. Cabe señalar que las casas-habitación no causan IVA.

Emitir una factura o recibo de arrendamiento no tiene ningún costo para el arrendador si utiliza el sistema del SAT. Aunque su sistema de facturación no es difícil, es importante aprender las reglas fiscales para usarlo, considerar cómo pagará el inquilino la renta y el concepto con el que se emitirá la factura. Este debe ir de acuerdo con el tipo de inmueble (casa habitación, inmueble comercial, oficina, industrial, etcétera). Un error de concepto conlleva multas de alrededor de 15 mil pesos.

¿Debo preocuparme por todo lo que puede venir en el futuro?

De acuerdo con Luis Ramírez, director de Legal Global Consulting, es importante entender lo que está sucediendo, pero no hay que alarmarse, puesto que los costos no serán tan onerosos para el arrendador, además de que este puede gozar de los beneficios de la deducción ciega.

“La principal ventaja de elegir la deducción ciega es que se aplica un deducible de 35% de forma automática y solo se grava el 65% del ingreso por la renta. Hay varios rangos para la tarifa del Impuesto Sobre la Renta (ISR): al ingreso por renta se restan los deducibles, el resultado es la utilidad y eso es lo que se gravará desde 1.91 al 35%. Por ejemplo, una renta de 10 mil pesos mensuales solo pagará alrededor de 450 pesos al mes”, explica Rebeca Godínez.

Como puedes ver, lo que terminarías pagando por concepto de ISR no es exorbitante. No hay motivo de alarma, en realidad, es un buen momento para ponerte al día y ofrecer un mejor servicio que te diferenciará de la competencia. Aprovecha la asesoría y las opciones disponibles para lograrlo.

Legal Global Consulting es una de ellas, pues ofrece a los arrendadores asesoría para poder darse de alta en el SAT y costos muy competitivos, — desde 300 pesos —, por llevar su contabilidad y cumplir con ello sus obligaciones fiscales.

De igual forma, a las empresas inmobiliarias les brinda un servicio de arrendamiento 360 que además incluye protección jurídica para blindar a sus clientes contra malos inquilinos y contra la Ley de Extinción de Dominio. Para mayores informes llámanos al 01800 905 0911, 5363 6140 o 5393 6269 ¡con gusto resolveremos tus dudas!

 

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