• 55 4984 4441
  • mercadotecnia@lgc.com.mx
Noticias
Conozca los posibles fraudes al comprar o rentar un inmueble

Conozca los posibles fraudes al comprar o rentar un inmueble

http://bit.ly/premiosinmobiliariosYglobalconsulting

Al adquirir una vivienda hay varios rubros que debemos cuidar, como la ubicación, financiamiento y, particularmente, la transparencia con la cual se hace la compra, dado que durante el proceso pueden llegar a presentarse fraudes, tanto en búsquedas de inmuebles en línea como a través de medios tradicionales.

Según la compañía comScore, alrededor de 4 millones de cibernautas generan 50 millones de búsquedas de inmuebles cada mes, de las cuales 60% se relaciona con una intención de renta y 40% con una de compra. Teniendo un mercado tan amplio de potenciales víctimas, las estafas están a la orden del día, por lo que es importante estar al tanto de los modus operandi más comunes.

Los fraudes más comunes, según explicó Mariano Balcarce, director de Desarrollo de Negocios de Vivanuncios, tienen como rasgo principal convencer a la víctima de entregar dinero sin haber visto la vivienda. Esto puede ser por un supuesto requisito de depósito, enganche de la vivienda (o apartado, en caso de rentas o preventas) e incluso adelantos para iniciar el trámite de un crédito.

Aunado a estos engaños, hay otros de carácter más particular. Uno de estos, refirió Luis Ramírez Rojas, director general de Legal Global Consulting, se da en la venta de inmuebles a precios muy bajos que en realidad son producto de un remate.

“La web está llena de anuncios de este tipo;  (…) Venden una casa a precio de remate sin decir que proviene de una cesión de derechos litigiosos o sucesión de derechos adjudicatarios, que no son lo mismo que comprar una propiedad; es comprar la cesión de derechos de un banco”, agregó.

Adquirir un inmueble en estas condiciones implica esperar a que termine el juicio en el que se halla el inmueble. una vez adjudicado y escriturado a nombre del comprador, existe la posibilidad de que tenga que desalojar a alguien que aún esté ocupando la vivienda.

Por ello, el especialista recomendó que cualquier anticipo o pago sólo debería darse ante un notario debidamente certificado y con un contrato de promesa de compraventa de por medio en el que se establezca que se le va a pagar al vendedor —en este caso, a la persona que está vendiendo— el día que se firme la escritura, siempre y cuando el inmueble esté debidamente inscrito en el Registro Público de la Propiedad y de Comercio a nombre del vendedor o de quien dice ser propietario.

www.lgc.com.mx

Un caso muy peculiar es el fraude de la venta duplicada de propiedades, que como su nombre indica, implica que una persona venda un inmueble más de una vez, lo cual jurídicamente no es posible, pero en la práctica ocurre, advirtió Luis Ramírez Rojas.

“Se trata de un dueño legítimo que hace la venta de una vivienda dos veces, y en mi experiencia, he visto que ocurre hasta en tres ocasiones en un mismo mes. El problema es que el notario puede mandar un aviso preventivo (de compraventa) cuando le piden la escritura, pero en el registro público puede no haber ningún aviso preventivo o el notario pudo haber sido omiso al mandarlo y cuando alguien más verifique el registro y ve que está libre, el que vende la propiedad puede vender dos o más veces”, agregó.

En este supuesto, la primer persona que hizo la compra sería la dueña y los demás serían los defraudados, aun cuando se firme ante notario.

“Es por eso que se debe verificar que cuando yo voy al notario a firmar la compraventa de mi casa, ya exista el aviso preventivo de compraventa a nombre de la persona compradora y de la casa del vendedor”, sugirió el especialista de Legal Global Consulting.

Por otra parte, y de manera más reciente, el sismo ha originado fraudes en los que se ofertan inmuebles supuestamente en buen estado, pero que podrían tener una falla estructural.

“Hemos exhortado a las autoridades para que sea requisito en una compraventa tener un dictamen de un director responsable de obra, porque el comprador verifica cosas como que el inmueble esté libre de gravámenes y no tenga adeudos de Predial o agua, pero también debería ser un requisito para llevar a cabo la compraventa”, mencionó.

Fuente: El Economista

Deja un comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *